El conseller de #Economía Sostenible de la Generalitat valenciana, Rafa Climent, anunció ayer que el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial -organismo dependiente de su Conselleria- respaldará este año 170 proyectos de #eficiencia #energética con un total de tres millones de euros. Precisamente ayer, la Generalitat publicó, en el Diari Oficial, la Orden 19/2016, que define las subvenciones a fondo perdido (de hasta un 65%) a las que pueden optar, entre otras, «actuaciones relacionadas con la energía solar fotovoltaica». Esa Orden define así mismo los préstamos (de hasta 300.000 euros) que pueden solicitar las empresas de #energías #renovables a tipo de interés bonificado.
El conseller Climent –informa la Generalitat Valenciana– visitó ayer en Madrid el Salón Internacional de Soluciones para la Industria Eléctrica y Electrónica (Matelec) con el fin de «dar apoyo a las 27 empresas valencianas presentes en el certamen». En el marco de esa visita, el consejero valenciano ha destacado «la necesidad de continuar avanzando hacia soluciones que contribuyan a reducir los consumos energéticos en los diferentes sectores, para lo que contamos con una línea de ayudas para fomentar la adopción de medidas de ahorro energético». En ese sentido, Climent ha avanzado que «el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace) respaldará este año un total de 170 proyectos de #eficiencia #energética en los sectores de la edificación, industria y para proyectos de gestión energética con un total de tres millones de euros».
Tres pilares
Según el consejero, «junto a las #energías #renovables y el #autoconsumo, la #eficiencia #energética se erige como el tercer pilar sobre el que se asientan las bases del nuevo modelo #energético que estamos impulsando». No obstante, Climent ha hecho hincapié en que «la consolidación de este nuevo modelo necesita, sin duda, de la implicación de los distintos agentes del sector». Durante su visita, el responsable de la cartera de #Economía #Sostenible ha mantenido un encuentro con los representantes de la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones (Fenie), a los que ha explicado «las diferentes líneas de actuación que está llevando a cabo la conselleria de Economía para mejorar la #eficiencia #energética y fomentar las instalaciones de #autoconsumo en nuestro territorio».
La Orden ya está en el Diari
Precisamente ayer, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publicó la Orden 19/2016, de 19 de octubre, orden de la Conselleria de Economía Sostenible que establece «las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, en materia de energías renovables y biocarburantes». Esa Orden da luz verde a subvenciones de hasta el 65% a proyectos relacionados con la #energía #solar #fotovoltaica, eólica, biocarburantes, etcétera, e incluye también ayudas que consistirán «en la bonificación total o parcial del tipo de interés sobre la cantidad financiada». El porcentaje máximo financiable -concreta la Orden- podrá ser de hasta el 100% de la inversión elegible del proyecto, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 300.000 euros.
Energías Renovables recoge las claves de la Orden 19/2016
El primer párrafo del preámbulo de la Orden dice así: «el principal objetivo que rige la política energética de la Generalitat es impulsar la transición hacia un nuevo modelo energético que esté basado en la #eficiencia #energética, en el aprovechamiento de las #energías #renovables, en las instalaciones de #autoconsumo energético y en una logística de transporte y #movilidad #sostenible que minimice el impacto sobre el medio ambiente».
En la segunda página de la Orden, el legislador escribe lo siguiente: «mediante esta orden, la Generalitat persigue poner en práctica un instrumento de promoción de actuaciones en el ámbito de las fuentes de #energía #renovables y los #biocarburantes. Tanto la concesión de subvenciones como de préstamos bonificados en su tipo de interés (…) contribuyen a facilitar el cumplimiento de los objetivos indicados».
Objeto de la Orden 19/2016
La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (en adelante, Ivace) de ayudas a proyectos de aprovechamiento de las fuentes #energéticas #renovables y de uso de los #biocarburantes en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Modalidades de ayuda
De conformidad con lo previsto en el artículo 2 y en la disposición adicional sexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
las ayudas podrán concederse bajo la modalidad de:
1. Subvenciones.
2. Préstamos.
Convocatoria y procedimiento de concesión
El procedimiento para la concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Requisitos generales de los beneficiarios
Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, si bien las distintas convocatorias podrán restringir los beneficiarios en atención a la naturaleza de las actuaciones susceptibles de apoyo.
Tipología de actuaciones y requisitos de los proyectos objeto de ayuda
1. Las actuaciones susceptibles de apoyo en el marco de las convocatorias que se aprueben al amparo de la presente orden, en materia de #energías #renovables y #biocarburantes serán:
a) Actuaciones relacionadas con la #energía #solar #térmica.
b) Actuaciones relacionadas con la #energía #solar #fotovoltaica.
c) Actuaciones relacionadas con la #energía #eólica.
d) Actuaciones relacionadas con la #energía #geotérmica.
e) Actuaciones relacionadas con la #energía #minihidráulica.
f) Actuaciones relacionadas con la #biomasa y el #biogás.
g) Actuaciones relacionadas con los #biocarburantes.
h) Actuaciones relacionadas con otras fuentes de #energías #renovables.
Cuantía de las ayudas
Cuando las ayudas se concedan en forma de subvención, la cuantía podrá ser de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 41.7.a del Reglamento (UE) Núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. No obstante, podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para particulares y para pequeñas empresas, así como para ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro que igualmente cumplan con la condición de pequeña empresa.
Cuando las ayudas se concedan en forma de préstamo, la ayuda consistirá en la bonificación total o parcial del tipo de interés sobre la cantidad financiada. El porcentaje máximo financiable podrá ser de hasta 100% de la inversión elegible del proyecto, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 300.000 euros. El plazo máximo de amortización será de diez años y se seguirá para su ejecución el método previsto en el artículo 12.a de esta orden. Será obligatoria la presentación de garantía de hasta el 80% del importe del préstamo constituida en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso.